La Cámara de Senadores de la provincia de Buenos Aires sancionó definitivamente la modificación a la Ley Provincial de Tránsito N° 13.927, impulsada por la diputada provincial Silvina Vaccarezza (UCR + Cambio Federal), que incorpora el artículo 28 Quater con el objeto de precisar el orden de prelación en los cruces viales no semaforizados. La reforma elimina de manera expresa la prioridad histórica e incondicional de quien avanza por la mano derecha cuando intenta incorporarse o atravesar arterias de mayor jerarquía urbana o rural, estableciendo una escala donde la preferencia pertenece a quienes circulan por autopistas, semiautopistas, rutas, carreteras y avenidas por sobre las calles comunes, pasajes y accesos de tierra.
Esta actualización técnica busca resolver un dilatado vacío normativo que se arrastraba desde la sanción del marco regulatorio provincial en 2009, el cual permitía desarrollar velocidades máximas superiores en arterias principales pero omitía aclarar explícitamente la pérdida de prioridad para quienes desembocaban en ellas desde la derecha. Con este cambio legislativo, las normas de tránsito de la provincia de Buenos Aires quedan homologadas a los criterios vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, brindando certezas procesales a los tribunales de faltas y peritos judiciales ante colisiones en esquinas, además de fijar esquemas específicos para la circulación en rotondas, el paso alternado en embotellamientos y el tránsito de ciclistas en zonas rurales.

