La Justicia dictó una medida cautelar que ordena la suspensión del último aumento en las tarifas de electricidad en la Provincia de Buenos Aires, instrumentado a través de la Resolución 585/2026 del Ministerio de Infraestructura. La resolución judicial, firmada por el juez Agustín López Cóppola, se originó tras una presentación formal realizada por el Defensor del Pueblo provincial, Guido Lorenzino.
Alcance de la medida y empresas afectadas
La decisión judicial impacta de forma directa en los usuarios abastecidos por las principales distribuidoras del territorio provincial, quedando exceptuado el conurbano bonaerense:
- Empresas alcanzadas: la medida comprende a EDELAP (La Plata), EDES (sur de la provincia), EDEA (Costa Atlántica) y EDEN (norte del territorio), con previsiones de extensibilidad operativa a las cooperativas eléctricas locales.
- Esquema de facturación: se ordenó retrotraer el cuadro tarifario al vigente antes del 1° de agosto, por lo que las prestatarias deberán abstenerse de aplicar los incrementos vinculados al Valor Agregado de Distribución (VAD).
- Saldos a favor: el fallo dispone que, en caso de haberse percibido sumas bajo los nuevos montos, los importes cobrados en exceso deberán ser imputados como saldo a favor en la próxima facturación.
Fundamentos legales y falta de audiencias públicas
El eje central del cuestionamiento judicial radica en la omisión de instancias participativas obligatorias previas a la actualización de los cuadros tarifarios. El magistrado respaldó los argumentos de la Defensoría al señalar que no se cumplió con la convocatoria a audiencias públicas que exige la ley.
Citando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el juez remarcó que la participación ciudadana previa constituye un elemento constitucional ineludible de legitimidad y derecho a la información veraz, desestimando los argumentos del Ejecutivo provincial que pretendían validar el incremento basándose en audiencias celebradas hacía casi una década (a finales de 2016).

