2/7/2026 | 17:13         
ARGENTINA-MUNDO
Causa Vialidad: la Corte Suprema dejó firme el decomiso de bienes contra Cristina Kirchner y Lázaro Báez por 685.000 millones de pesos
El máximo tribunal de la Nación desestimó por inadmisibles los recursos extraordinarios presentados por los abogados defensores de la expresidenta y del empresario patagónico. El fallo convalida que el monto original de la condena sea actualizado mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Causa Vialidad: la Corte Suprema dejó firme el decomiso de bienes contra Cristina Kirchner y Lázaro Báez por 685.000 millones de pesos

La Corte Suprema de Justicia de la Nación clausuró de manera definitiva uno de los principales incidentes de ejecución que las defensas de Cristina Fernández de Kirchner y del empresario Lázaro Báez sostenían en el marco de la denominada causa Vialidad. En una resolución unánime, el tribunal supremo dictaminó la firmeza del decomiso de bienes que pesa sobre los principales condenados en el expediente, un pasivo que, debido a los mecanismos de indexación inflacionaria, asciende a la cifra consolidada de 685.000 millones de pesos.

El fallo del máximo tribunal civil y penal del país consideró técnicamente inadmisibles las apelaciones interpuestas por los letrados de los exfuncionarios y empresarios. De este modo, quedó ratificado el criterio de las instancias inferiores, que habilitó a la justicia penal a adecuar los montos de la sentencia condenatoria de acuerdo con la evolución real de la canasta económica, un procedimiento que provocó que la penalidad económica original multiplicara por ocho su valor nominal en un período de apenas tres años.

Los ejes de la discusión técnica por el recalculamiento

La pulseada judicial se concentró en la metodología matemática aplicada para calcular el perjuicio económico ocasionado al Estado por el direccionamiento de la obra pública vial en la provincia de Santa Cruz:

  • Rechazo de los recursos de queja: Las defensas de la expresidenta argumentaban que la aplicación compulsiva del Índice de Precios al Consumidor para indexar los montos de un decomiso penal violaba principios constitucionales de irretroactividad y debido proceso. Los ministros de la Corte Suprema descartaron el planteo de raíz por no encuadrarse en las causales de gravedad institucional exigidas para la vía extraordinaria.
  • Actualización por inflación: Al convalidarse el uso del IPC medido por el INDEC como factor de indexación para resarcir los fondos públicos detraídos, la base del decomiso se actualiza de forma automática frente a la depreciación monetaria, impidiendo que el paso del tiempo licue el castigo económico impuesto en la sentencia original del Tribunal Oral Federal.

Expediente Judicial / Condenados Evolución del Valor del Decomiso Mecanismo Técnico de Indexación Estado Procesal de la Ejecución
Causa Vialidad (Inmuebles y Cuentas) Multiplicó por 8 su valor histórico original. Indexación automática por IPC (INDEC). Firme y Clausurado: Las defensas agotaron las instancias ordinarias y extraordinarias en el país.

Con la resolución dictada en el cuarto piso del Palacio de Tribunales, la justicia federal de ejecución queda plenamente habilitada para acelerar los remates de propiedades, la liquidación de participaciones societarias y el traspaso definitivo a las arcas del Tesoro Nacional de los fondos que permanecían preventivamente embargados y congelados en cuentas bancarias a nombre de los condenados en el expediente.