Los conductores que transiten por los corredores viales y cascos urbanos de la provincia de Buenos Aires deberán extremar los cuidados al volante. El Gobierno provincial oficializó la actualización del valor de las multas de tránsito para el bimestre julio-agosto de 2026, aplicando un incremento indexado del 2,5%. Si bien el ajuste porcentual representa una desaceleración respecto a los fuertes saltos registrados en el período mayo-junio, la base de cálculo consolidada estipula que las infracciones graves —como el exceso de velocidad o la falta de Verificación Técnica Vehicular (VTV)— alcancen penalidades máximas superiores a los dos millones de pesos.
De acuerdo con la resolución administrativa del área de seguridad vial a la que accedió la Agencia DIB, el valor de la Unidad Fija (UF) se estableció en $2.271 para los próximos dos meses, reemplazando la tarifa anterior de $2.215. Esta variable técnica se determina por ley tomando como referencia el precio de venta al público del litro de nafta de mayor octanaje (Premium) en la boca de expendio de la sede del Automóvil Club Argentino (ACA) de la ciudad de La Plata. Las fuentes oficiales aclararon que la moderación del aumento respondió a la tregua en el mercado petrolero internacional: tras el acuerdo geopolítico entre Estados Unidos e Irán, el precio del crudo se estabilizó y frenó las subas consecutivas en los surtidores locales.
Esquema de penalidades: los nuevos valores para el bimestre julio-agosto
El nuevo cuadro tarifario segmenta las infracciones según su nivel de peligrosidad y reincidencia, aplicando escalas de Unidades Fijas que se traducen en los siguientes montos en moneda nacional:
- Infracciones críticas con máximos de $2.271.000 (de 300 a 1.000 UF): Esta escala unificada se aplica para faltas graves que ponen en riesgo directo la vida de terceros. Incluye cruzar el semáforo en rojo, circular a contramano, girar a la izquierda en avenidas o zonas prohibidas, conducir sin la habilitación o la edad reglamentaria, circular con la VTV vencida y transitar sin la cobertura vigente del seguro obligatorio.
- Exceso de velocidad: Al ser una falta de escala variable según los kilómetros por hora superados sobre el límite permitido, el castigo pecuniario oscila entre un piso de $340.650 (150 UF) y un techo punitorio de $2.271.000 (1.000 UF).
- Faltas administrativas y de protección (de 50 a 100 UF): En este escalafón de menor cuantía, pero de control permanente, los valores se fijaron entre $113.550 y $227.100. Aplica para el mal estacionamiento, circular con exceso de ocupantes, no utilizar el casco reglamentario en motocicletas, no llevar abrochado el cinturón de seguridad, circular sin la documentación física/digital del vehículo o no exhibir el comprobante de la póliza de seguro.
Alcoholemia: la negativa al test duplica las sanciones de un positivo
El control de consumo de sustancias al volante mantiene las sanciones más severas del Código de Tránsito bonaerense, buscando desalentar las conductas de riesgo mediante un fuerte castigo económico.
| Infracción de Tránsito Específica | Rango de Unidades Fijas (UF) | Costo Mínimo de la Multa | Costo Máximo de la Multa |
|---|---|---|---|
| Conducir alcoholizado (Test Positivo) | 300 a 1.000 UF | $681.300 | $2.271.000 |
| Negativa a realizar el test de alcoholemia | 500 a 1.200 UF | $1.135.500 | $2.725.200 |
Agravante legal por evasión de control: La legislación provincial estipula de forma explícita que la presunción de culpabilidad por negarse a soplar la boquilla del alcoholímetro o someterse a los exámenes clínicos requeridos por los agentes viales constituye una falta autónoma superior. Por este motivo, el conductor que rechaza el procedimiento preventivo afronta un piso sancionatorio de $1.135.500 y un tope de $2.725.200, el valor punitorio más alto de toda la normativa vigente.

