El Gobierno de la provincia de Buenos Aires avanzó formalmente en la regulación y el control fiscal de los recursos naturales dentro de los desarrollos inmobiliarios suntuosos. A través de una resolución aprobada este viernes por el Directorio de la Autoridad del Agua (ADA), la administración bonaerense creó un nuevo mecanismo técnico destinado a estimar el consumo de agua potable y el vertido de efluentes cloacales en emprendimientos urbanísticos privados, countries y clubes de campo que operen por fuera de la normativa o que aún no hayan regularizado sus permisos ambientales y de explotación hídrica.
La medida faculta al organismo provincial a calcular de oficio y comenzar a cobrar de manera inmediata tanto el Canon por el Uso del Agua como la Tasa de Inspección de Funcionamiento y Control de Calidad de Efluentes (TIFyCCE). El objetivo de la normativa es incorporar al universo tributario y de control ambiental a un sector que ha registrado un crecimiento sostenido en los últimos años en diversos corredores bonaerenses, y que en numerosos casos administra de manera privada pozos de bombeo y plantas de tratamiento sin la debida fiscalización del Estado.
Fórmulas específicas y el uso de imágenes satelitales
Para los barrios cerrados y conjuntos inmobiliarios que no hayan cumplido con las previsiones de la Ley Provincial N° 12.257 (Código de Aguas), la ADA diseñó fórmulas específicas de estimación indirecta. Ante la falta de declaraciones juradas o de caudalímetros aprobados por las empresas desarrolladoras, el fisco provincial utilizará tecnología de geolocalización y variables de planificación urbana:
* Monitoreo satelital: La determinación del uso del recurso se realizará mediante el relevamiento periódico de imágenes satelitales de alta definición, metodología que permitirá calcular de forma externa los metros cuadrados de construcciones y las modificaciones del suelo.
* Variables de consumo: Para determinar presuntivamente los caudales de explotación se auditará la superficie total de las unidades funcionales, la extensión de los espacios verdes comunes, el tamaño de las lagunas artificiales y la cantidad y volumen de las piscinas declaradas o detectadas por fotografía aérea.
Actualización tributaria y fundamentos de la medida
La nueva disposición de la ADA se acopla a la reciente actualización de la matriz arancelaria dispuesta por el Poder Ejecutivo provincial mediante el Decreto N° 3233/25. Dicha normativa modificó las ecuaciones de valor para el cobro del agua pública, introduciendo variables de progresividad ligadas a la disponibilidad del recurso en cada cuenca, el tamaño de los predios y la categorización socioeconómica de los usuarios del servicio.
Los consideratorios de la resolución técnica advierten que los relevamientos presenciales realizados por los inspectores provinciales evidenciaron que una parte sustancial de estos complejos residenciales cerrados opera de forma autónoma mediante perforaciones propias al acuífero. Al representar una porción geográficamente significativa del territorio urbanizado de la provincia, las autoridades consideraron indispensable reforzar la capacidad de fiscalización para garantizar la sustentabilidad de las napas subterráneas y evitar la contaminación hídrica derivada del vuelco de líquidos sin tratamiento certificado.

