El Gobierno nacional formalizó la creación de un nuevo incentivo económico destinado a los integrantes de las Fuerzas Armadas, en un contexto marcado por los reclamos de recomposición salarial dentro del sector castrense. A través del Decreto 473/2026, anunciado oficialmente por los canales de comunicación del Ministerio de Defensa, se estableció el pago de un "suplemento por título" para reconocer la formación académica y la profesionalización del personal de las tres armas.
La medida, dispuesta por instrucción del presidente Javier Milei y el ministro de Defensa, Teniente General Carlos Alberto Presti, incorpora este beneficio al inciso 4° del artículo 56 de la Ley para el Personal Militar N° 19.101. El objetivo de la normativa es subsanar un reclamo histórico del sector, equiparando las condiciones de los uniformados con las de otros escalafones de la administración pública nacional que ya percibían remuneraciones adicionales por sus estudios.
Escala de porcentajes según el nivel académico
El plus salarial no consistirá en una suma fija, sino que se calculará de manera porcentual directamente sobre el haber mensual correspondiente al grado de revista de cada efectivo. La escala de incrementos quedó estructurada de la siguiente manera:
* 10% adicional: Para quienes acrediten títulos de tecnicaturas superiores o titulaciones de carácter equivalente.
* 15% adicional: Destinado al personal militar que posea títulos universitarios de grado (licenciaturas, ingenierías, entre otros).
* 25% adicional: El tope máximo de la escala, reservado para quienes posean estudios de posgrado, especializaciones, maestrías o doctorados.
Requisitos de afinidad y alcance para retirados y pensionados
La resolución ministerial detalla que la asignación de este beneficio estará sujeta a criterios de idoneidad. Para percibir el suplemento, la titulación presentada por el uniformado deberá ser estrictamente afín a las tareas, funciones y especialidades que desarrolle dentro de su respectiva fuerza (Ejército, Armada o Fuerza Aérea).
En lo que respecta a las certificaciones de estudios de posgrado cursados en universidades del extranjero, la normativa impone requisitos de validación rigurosos: solo se reconocerán aquellos trayectos educativos que hayan sido previamente ordenados, autorizados o debidamente avalados por la Fuerza correspondiente, exigiendo además la presentación de la apostilla reglamentaria emitida por las autoridades internacionales competentes.
Por otra parte, el artículo 2 del decreto extiende el derecho al cobro de este plus al personal militar que actualmente se encuentre en situación de retiro, como así también a los familiares que perciban pensiones derivadas, siempre y cuando el causante hubiera obtenido alguna de las titulaciones previstas con anterioridad a su pase a retiro.
Impacto presupuestario y vigencia de la medida
El comunicado emitido por la cartera de Defensa subrayó que la implementación del suplemento por título tendrá un impacto positivo a largo plazo en las economías familiares de los militares, dado que, al estar indexado al haber básico de cada jerarquía, acompañará automáticamente las futuras actualizaciones y paritarias salariales del sector.
La ventana temporal para el inicio de las liquidaciones quedó fijada a partir del próximo 1° de julio. En términos fiscales, el decreto aclara que las erogaciones financieras requeridas para hacer frente a este aumento salarial serán atendidas en su totalidad con cargo a las partidas presupuestarias vigentes correspondientes a la Jurisdicción 45 – Ministerio de Defensa.

