La normativa modifica la implementación práctica del artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo. El nuevo esquema permite confeccionar, validar y poner a disposición las certificaciones de servicios y aportes de manera puramente electrónica a través de los sistemas registrales del organismo recaudador.
1. Modalidades de Confección del Formulario F.984
Los empleadores deberán ingresar al sistema informático "Simplificación Registral" y optar por dos vías de emisión:
- Formato Digital (Predeterminado): Se genera electrónicamente en la plataforma. No requiere firma hológrafa ni digital adicional, debido a que la validación de identidad se efectúa mediante la Clave Fiscal (nivel de seguridad 2 o superior) del empleador.
- Formato Físico (Opcional): Se mantiene la alternativa analógica. En este caso, el documento debe imprimirse por duplicado y contar con la firma manuscrita de ambas partes para revestir validez legal.
2. Métodos de Acceso para los Trabajadores
Los empleados ya no dependerán del envío físico del documento y podrán descargarlo mediante las siguientes plataformas autónomas:
- Portal de ARCA: Consulta directa desde el servicio interno denominado "Trabajo en Blanco".
- Home Banking: Acceso habilitado desde las plataformas de las entidades bancarias donde el trabajador percibe o percibía sus haberes, siempre que el banco esté homologado.
- Validación por Código QR: El Certificado Digital de Ingresos Laborales (CDIL) —que detalla los sueldos de los últimos seis meses— incluirá un código QR para que cualquier interesado verifique su autenticidad de forma instantánea con el celular.
3. Salvedad para Relaciones Laborales Antiguas
Aunque el sistema de ARCA unifica los datos de altas, bajas y declaraciones juradas de aportes de manera automática, existe una restricción temporal:
- Límite técnico (Julio de 1994): Si el certificado comprende períodos trabajados anteriores a julio de 1994, los sistemas digitales no contarán con la base de datos completa. El empleador estará obligado a complementar el formulario digital con una constancia manual confeccionada a base de sus libros físicos de sueldos y jornales.
| Documento / Herramienta | Código de Formulario | Método de Validación | Vigencia Operativa |
|---|---|---|---|
| Certificado de Trabajo (Art. 80 LCT) | Formulario F.984 | Clave Fiscal (Nivel 2 o superior) o firma hológrafa. | Desde el lunes 18 de mayo de 2026. |
| Certificado Digital de Ingresos Laborales | CDIL (Últimos 6 meses) | Código QR escaneable mediante dispositivos móviles. | Inmediata. |
Reordenamiento Normativo
Con la entrada en vigencia de esta reforma, ARCA abrogó formalmente la vieja Resolución General N° 2.316 e introdujo modificaciones en la RG N° 3.676. El objetivo central de la medida es disminuir la litigiosidad laboral originada por las demoras o la falta de entrega de este certificado, un conflicto común en los tribunales del trabajo. Los manuales de usuario específicos ya se encuentran disponibles en los micrositios de la web oficial del organismo para su consulta obligatoria.

