El Juzgado Federal de Campana dictó este viernes una sentencia que obliga al Gobierno nacional a implementar de inmediato la Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad, declarando inválido el artículo 2° del Decreto 681/2025 con el que el presidente Javier Milei había suspendido su ejecución. La norma, ratificada por el Congreso tras el rechazo al veto presidencial, declara la emergencia hasta diciembre de 2027 para garantizar prestaciones, actualizar aranceles y regularizar pagos a prestadores.
El amparo colectivo y el alcance nacional
La causa se inició con un amparo presentado por padres de niños con Certificado Único de Discapacidad (CUD), al que se sumaron familias, asociaciones y prestadores de todo el país. El juez González Charvay hizo lugar a la acción colectiva con efectos expansivos, beneficiando a todas las personas con discapacidad, sus cuidadores y el sistema de prestaciones. La sentencia impone costas al Estado y ordena inscribirla en el Registro Público de Procesos Colectivos.
Críticas al decreto presidencial
El magistrado consideró que la suspensión constituía un "veto encubierto" y violaba la división de poderes, al subordinar una ley del Congreso a un decreto de menor jerarquía. Rechazó los argumentos del Ministerio de Salud sobre falta de fondos, recordando que la propia ley faculta al Jefe de Gabinete a reasignar partidas –práctica realizada en más de 19 ocasiones desde diciembre de 2023 para otros fines– y que el Ejecutivo debe ejecutar las normas promulgadas sin condiciones.
Protección reforzada a grupos vulnerables
El fallo enfatiza la "especial vulnerabilidad" de las personas con discapacidad, especialmente niños y adultos mayores, invocando jurisprudencia de la Corte Suprema y tratados internacionales que prohíben la regresividad en derechos sociales. La suspensión, según el juez, generaba un "perjuicio concreto" al deteriorar tratamientos, interrumpir terapias y cerrar instituciones por desfinanciamiento.
Reacción del Gobierno
Fuentes de Casa Rosada confirmaron que apelarán la decisión ante la Cámara Federal de San Martín, argumentando que el fallo invade atribuciones del Ejecutivo en la administración del presupuesto. Mientras tanto, el impacto de la sentencia podría obligar a reasignar recursos para cumplir con actualización de aranceles, compensaciones retroactivas y continuidad de prestaciones esenciales en todo el país.

