19/10/2019 | 10:52         
REGION-PROVINCIA
Condenan a un camionero por contactar a una menor por Facebook con fines sexuales
Un camionero fue condenado por un caso de grooming y de abuso sexual en perjuicio de una menor a un año y diez meses de prisión de ejecución condicional, tras la realización de un debate en el Juzgado Correccional con asiento en Tandil, informaron voceros judiciales.
Condenan a un camionero por contactar a una menor por Facebook con fines sexuales

(DIB).- Un camionero fue condenado por un caso de grooming y de abuso sexual en perjuicio de una menor a un año y diez meses de prisión de ejecución condicional, tras la realización de un debate en el Juzgado Correccional con asiento en Tandil, informaron voceros judiciales.

Carlos Pocorena, magistrado que intervino en este juicio oral, halló al encausado autor penalmente responsable de los delitos de captación por medios tecnológicos de menores de edad con fines sexuales -grooming- y abuso sexual simple, ilícitos cometidos en "concurso real de acciones".

Para cuando esos hechos ocurrieron la menor víctima tenía trece años de edad, según se detalló en la resolución.

El juez ordenó que, una vez que este fallo quede firme, "se libre oficio a la Dirección del Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, expidiendo por dicho medio orden para la toma de muestra biológica y la inclusión del perfil de ADN" de Torres.

El hombre condenado en esta primera instancia fue identificado en el fallo como Miguel Ángel Torres, un camionero oriundo de Lobería que tiene 52 años de edad y que actualmente vive en la localidad de Quequén, Partido de Necochea.

Para cuando los hechos materia de este debate se registraron, el encausado residía en Tandil, en un inmueble donde, en otra parte, se domiciliaba la menor víctima junto con su familia.

Tres años atrás

Entre los días 7 y 11 de noviembre de 2016 fue situado como sucedido uno de los hechos cometidos por el transportista. En tanto, la situación considerada a escala penal como un "abuso sexual simple" se produjo en ese mismo período de tiempo, aunque en una fecha que no fue posible precisar con certeza.

Específicamente, el caso de grooming se registró en esos días ya referidos de noviembre de 2016, cuando el transportista, utilizando la red social Facebook, contactó a la menor "con el fin de cometer algún delito contra la integridad sexual" de la víctima. En ese contexto, el hombre le envió varios mensajes de texto "con clara connotación sexual".

Además, en ese mismo lapso de tiempo, "aprovechándose de la relación de confianza que tenía con la familia" de la chica, en una ocasión, cuando la adolescente fue a saludarlo, Torres "giró en forma sorpresiva su rostro, dándole un beso en la boca -con claro contenido sexual- y en contra de la voluntad de ésta", escribió también en el fallo el magistrado a cargo del Juzgado Correccional con asiento en Tandil y perteneciente al Departamento Judicial Azul.

Testimonios

Entre los testimonios para condenar al transportista se tuvo en cuenta la declaración que la víctima brindara a través de la Cámara Gesell. También, los dichos señalados por sus familiares en el debate, un proceso donde las partes estuvieron representadas por el fiscal Lucas Moyano y el defensor Oficial Diego Araujo.

Según el juez escribió en la resolución, el contenido de los mensajes que Torres le enviaba a la menor estaban "direccionados en un solo y único sentido". En ese contexto, eran demostrativos de su propósito, tendiente a llevar a cabo "un delito contra la integridad sexual" de la chica.