13/10/2019 | 21:03         
REGION-PROVINCIA
La Justicia condenó a la Provincia por la muerte de la familia Pomar, por el accidente en la ruta 31
Según publicó el portal de Pergamino Primera Plana la información la confirmó el abogado de la familia, Viagrán. Expresa el medio que el Poder Judicial dictó un fallo en el que le endilga la responsabilidad al Estado Provincial y a los funcionarios públicos intervinientes por el mal estado de la ruta y por la deficiente instrucción llevada a cabo por el personal policial y del Ministerio Público Fiscal.
La Justicia condenó a la Provincia por la muerte de la familia Pomar, por el accidente en la ruta 31
Foto:Primera Plana

Publica Primera Plana: Luis Fernando Pomar (40); su esposa, Gabriela Viagrán (36), y sus hijas, María del Pilar (3) y Candelaria (6), fueron vistos por última vez el 14 de noviembre de 2009 cuando se trasladaban desde José Mármol, en el sur del Gran Buenos Aires, donde vivían, rumbo a nuestra ciudad, de donde eran oriundos, para visitar a sus familiares.

Como nunca llegaron a Pergamino, sus familiares denunciaron la desaparición al día siguiente, pero la

Policía tardó 24 días para encontrar el auto, que fue hallado volcado entre pastizales a un costado de la

ruta 31, cerca de Salto y a unos 40 kilómetros del destino nal. Hoy, a un mes de cumplirse una década

del peor año de su vida, Maria Cristina Roberts (la mamá de Gabriela y abuela de las nenas) obtuvo un

poco de justicia, en un año que no la está tratando muy bien en términos de salud.

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo de Mercedes decidió (luego de un juicio que duró un poco

más de ocho años) que el Estado provincial debe responder patrimonialmente por responsabilidad civil en

beneficio de Maria Cristina Roberts y Franco Ricabarra (madre e hijo respectivamente de Gabriela Viagrán).

"La sentencia es por dos demandas que promovimos nosotros: el deplorable estado de la ruta que consideramos fue la causa fundamental que se llevó la vida de esta familia; y a su vez, por el daño moral producido a raíz de la ineficiente investigación por parte de las autoridades pública abocadas al caso" le aseguró el abogado de la familia Viagrán, Pablo Majul, a PRIMERA PLANA.

En lo que hace a la responsabilidad de la Provincia por el accidente, el juez señaló que efectivamente la

calzada no se encontraba señalizada ni demarcada; que la delimitación de los dos carriles de circulación,

la doble línea amarilla era muy poco visible y la línea de banquina era prácticamente inexistente, que tampoco había carteles verticales, ni mojones que ilustren el kilometraje de la ruta, ni la existencia de una curva, ni de velocidad máxima. Además, indica la existencia de pastizales de hasta 2,20 metros de alto y la existencia de una alcantarilla de ladrillos y cemento ubicada a cuatro metros del borde de la cinta asfáltica.

"El Juez desestimó el informe del perito accidentológico que aseguró que la ruta estaba en buen estado y que la culpa había sido del conductor, Luis Fernando Pomar. Yo me opuse, porque era irracional que un perito dictamine 8 años después del accidente sobre el estado de la ruta. Había informes de peritos contemporáneos al accidente que hablaban de todo lo que señaló el Juez en el fallo" explicó el Doctor Majul y agregó "Sin dudas esto es una particularidad procesal que seguro tendrá trascendencia jurídica".

Por último, el abogado de María Cristina Roberts aseveró que "Fue muy importante el testimonio de

Casimiro Frutos que 48hs después él había llamado al 911 aportando información vital para la búsqueda, diciendo que había visto el auto desde un colectivo, en el lugar exacto donde nalmente y tiempo después fue hallado". El Juez dictaminó que el agente policial que había recibido ese dato no lo corroboró, ni verificó la identidad de quien brindaba esa información, siendo que contaba con todas las posibilidades para ello, tampoco dio aviso a la superioridad, careciendo de todo fundamento la desestimación, "en definitiva, el juez entendió que dicha desestimación no ha sido fundada en ninguna razón válida" confió Majul a PRIMERA PLANA.

Luis Oscar Laserna, juez de la causa, entendió que en este hecho “se han dado una serie inusitadas de incumplimientos funcionales por parte del personal que intervino en la búsqueda, lo que en definitiva provocó una demora en el hallazgo de la familia y ello no puedo más que considerarlo como un servicio deficiente, en tal sentido…todo lo descriptos nos lleva a un obrar desajustado e irregular por parte del personal policial, lo que se traduce como una falta de servicio, que compromete la responsabilidad del Estado Provincial, toda vez que sus dependientes se encontraban en cumplimiento de sus funciones”.

Además, el magistrado agrega que "si bien a los nes de analizar la responsabilidad estatal se ha puesto la lupa sobre la tarea llevada a cabo por algunos agentes policiales, lo cierto es que no debe descargarse solo en ellos, todas las irregularidades concurrentes de una pléyade de personas que intervino en la búsqueda", sentenciando que "en definitiva, resulta incontrastable que todos los eslabones encadenados y necesarios para que el Servicio de Policía funcione no funcionaron".

Sin embargo, el juez ha determinado que el incumplimiento del Estado provincial en las obligaciones a su cargo no han sido las únicas y exclusivas causas del accidente que produjo la muerte de la familia Pomar,

sino que han existido una multiplicidad de causas (por ejemplo, el horario, el clima, el estado del vehículo,

actitud del conductor, entre otros).