7/1/2015 | 10:20         
REGION-PROVINCIA
Promulgan la norma que obliga a municipios a realizar paritarias
La ley 14.656 comenzará a regir en 180 días, aunque se prevé que las primeras negociaciones colectivas entre los municipios y sus empleados se desarrollen a partir de 2016
Promulgan la norma que obliga a municipios a realizar paritarias

LA PLATA, ene 6 (DIB).- El gobierno bonaerense promulgó hoy la ley que establece un nuevo régimen laboral para los empleados municipales de la provincia, incorporando la obligatoriedad de la realización de negociaciones paritarias.

La ley 14.656, sancionada el 20 de noviembre por la legislatura, fue promulgada mediante el decreto 1.076 y publicada hoy en el Boletín Oficial, y comenzará a regir en 180 días, aunque se prevé que las primeras negociaciones colectivas entre los municipios y sus empleados se desarrollen a partir de 2016.

La norma aprobada por la Legislatura fue debatida durante varios años sin éxito, y deroga el estatuto municipal vigente (ley 11.757), cuestionado por la Suprema Corte de Justicia bonaerense, que declaró inconstitucionales más de 60 artículos por lesionar la autonomía de las comunas.

En esa línea, la nueva ley, además de disponer la obligatoriedad de paritarias, deja en manos de los municipios la confección de los estatutos particulares para cada comuna, que no obstante deberán respetar una serie de normas básicas.

El nuevo marco regulatorio establece que la jornada laboral no podrá ser “inferior a 6 horas diarias, ni superior a 8 horas diarias, de lunes a viernes”, aunque habilita al municipio a “instituir otros regímenes horarios” cuando “la índole de las actividades lo requiera”.

También determina el derecho del trabajador al Salario Mínimo Vital y Móvil, habilitando a “constituir un Fondo Compensador Específico integrado por recursos municipales y/o provinciales y/u otras fuentes” para aquellas comunas que no puedan afrontar su pago.

Por otro lado, se obliga a los municipios a que “en ningún caso el total de los contratados podrá superar el 20 por ciento de la Planta Permanente”, punto que deberá cumplimentarse en un plazo máximo de 5 años.